Inscripción Defunción Fuera de Término
Última actualización: 20/10/2025
Cuando una defunción no fue inscripta dentro del plazo de dos días hábiles que la Ley Nacional N°26.413 establece, corresponde solicitar autorización para realizarla fuera de término.
Requisitos del Trámite
- Nota de solicitud con:
- Título: «solicitud de autorización para la inscripción de defunción fuera de término»
- Lugar y fecha
- Nombre, apellido y Nº de DNI del fallecido
- Fecha de fallecimiento
- Nombre, apellido y Nº DNI del solicitante
- Firma, aclaración y parentesco o vínculo del solicitante
- Certificado médico de defunción emitido por profesional habilitado
- DNI del solicitante
- Certificado negativo de inscripción (emitido por el registro civil correspondiente)
Pasos para realizar el trámite
- Reunir toda la documentación requerida, excepto el certificado negativo de inscripción.
- Presentarse en el registro civil donde ocurrió el fallecimiento para iniciar el trámite.
- Una vez aprobada la gestión, se emitirá la resolución que autoriza la inscripción fuera de término.
- El registro civil notificará al solicitante cuando esté finalizado el trámite.
¿Quién puede iniciarlo?
- Familiar directo
- Profesional habilitado
- Empresas funerarias
- Terceros intervinientes
Costo
El trámite es gratuito. Consultar con el registro civil correspondiente el costo de la tasa en caso de que la gestión la realice un servicio funerario privado.